El Tribunal Constitucional ha emitido una sentencia en la que aclara que, en los casos en los que un hombre lesiona a una mujer, no siempre habrá de aplicarse automáticamente la agravante de violencia de género -como hacen muchos juzgados y tribunales-, sino que queda "al arbitrio del juez" de cada caso concreto apreciarla o no, en atención al "resultado causado" o al "riesgo producido".
Es decir: que deberá valorarse en cada situación tanto la gravedad de las lesiones como si se manifiesta con suficiente intensidad una discriminación del hombre sobre la mujer.
"Para la apl [...]
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